Conoce el acuerdo N°56, mediante el cual se reglamenta el procedimiento de expedición de la Tarjeta Profesional y se deroga el acuerdo No. 6 del Consejo Directivo Nacional y se dictan otras disposiciones.
Por lo cual, el valor de la Tarjeta Profesional para aquellos Psicólogos que cuentan con registro ante la secretaría de salud antes de la Ley 1090 de 2006, queda en el 30% del valor de la tarifa plena establecida para los psicólogos graduados con los requisitos de la ley 1090 de 2006.




